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REBAJAS




Hola a todos!
Después de estas fiestas, por fin, llegan las rebajas. Espero que encontréis buenos chollos, yo lo intentaré , por lo menos, jeje.
Las rebajas llegarán a partir del 7 de enero, excepto para la Comunidad de Madrid y Murcia, por lo que los comerciantes disponen de un máximo de dos meses y un mínimo de una semana para abaratar los artículos de esta temporada.
Como recurso para salvar la campaña de inverno, según advierte UCE en una nota de prensa, muchos comercios han recurrido a la bajada de precios a través de promociones, descuentos, ofertas o precios reducidos, pero que no pueden denominarse rebajas.
Las rebajas son descuentos que se producen durante un periodo delimitado de tiempo, sobre artículos de temporada que han estado a la venta como mínimo un mes antes, que se aplican prácticamente a la totalidad de los artículos de un comercio y que están regulados por unas normas determinadas.
La plataforma insiste en que hay que diferenciar de las rebajas aquellos descuentos, ofertas, promociones, dos por uno o las compras que van acompañadas de un regalo.
Estas modalidades de descuento son promociones de venta legales y lícitas, pero que no hay confundirlas con las rebajas, recalca.
Una norma específica de las rebajas es que los productos están sujetos a las mismas condiciones de compra que durante el resto del año, es decir, "la misma calidad, las mismas condiciones de pago e idénticas políticas de devolución".
Es concretamente este aspecto, el de las devoluciones, el que provoca mayor número de reclamaciones entre los consumidores, quienes deben tener claro que cuando adquieren un producto, esté o no de rebajas, "existe la obligación de cambiarlo o devolver el dinero, siempre y cuando este se encuentre defectuoso, roto o estropeado".
Igualmente ocurre cuando no se ajuste a las características descritas, cuando no sirva para el uso al que ordinariamente se destina o si se le ha indicado manifiestamente al vendedor que no es apto para el uso especial que pretendemos darle.
El consumidor tiene derecho a abonar el importe de la compra con los mismos medios de pago que el establecimiento en cuestión habitualmente admita durante el resto del año, salvo que se le informe claramente de lo contrario.
De esta forma, los comerciantes tampoco pueden obligar al comprador a pagar un recargo por pagar con tarjeta durante las rebajas.
En cuanto a los costes, la UCE hace hincapié en que en el etiquetado debe aparecer el precio anterior y el rebajado, lo que permitirá al consumidor comparar y ser consciente del descuento económico real si finalmente compra el producto.



CALENDARIO DE TEMPORADA DE REBAJAS PARA 2011

ANDALUCÍA
Invierno: del 7 de enero al 7 de marzo
Verano: del 1 de julio al 31 de agosto


ARAGÓN
Establecimientos >300 m2:
-Invierno: después del 6 de enero y terminarán en el mes de marzo por un periodo máximo de dos meses.
-Verano: del 1 de julio al 1 de septiembre
Los establecimientos <300 m2 que no pertenezcan a grandes grupos comerciales o no sean PYMES no vienen vinculados a estas fechas, teniendo libertad para establecerlas a principios de año y en periodo estival, con una duración mínima de 1 semana y máxima de 2 meses


ISLAS BALEARES
Invierno: dos meses a partir del 7 de enero o primer día laborable siguiente
Verano: dos meses a partir del 1 de julio o primer día laborable siguiente.


CANARIAS
Invierno: del 7 de enero al 6 de marzo
Verano: del 1 de julio al 31 de agosto


CANTABRIA
Invierno: del 7 de enero al 6 de abril
Verano: del 1 de julio al 30 de septiembre


CASTILLA LA MANCHA
Invierno: del 7 de enero al 31 de marzo
Verano: del 1 de julio al 30 de septiembre


CASTILLA Y LEÓN
Invierno: del 7 de enero al 6 de marzo
Verano: del 1 de julio al 31 de agosto


CATALUÑA
Invierno: del 7 de enero al 6 de marzo.
Verano: del 1 de julio al 31 de agosto.


COMUNIDAD VALENCIANA
Invierno: desde el primer día laborable después del 6 de enero hasta el segundo sábado del siguiente mes de marzo, ambos inclusive.
Verano: desde el último lunes laborable del mes de junio de cada año hasta el primer sábado del siguiente mes de septiembre, ambos incluidos.


EXTREMADURA
Invierno: del 7 de enero al 6 de marzo
Verano: del 1 de julio al 31 de agosto


GALICIA
Invierno: del 7 de enero al 7 de abril
Verano: del 1 de julio al 30 de septiembre


MADRID
Invierno: del 1 de enero al 31 de marzo.
Verano: de 21 de junio a 21 de septiembre.


REGIÓN DE MURCIA
Invierno: del 2 de enero al 1 de marzo
Verano: del 1 de julio al 31 de agosto


COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Inverno: del 7 de enero al 6 de marzo.
Verano: del 1 de julio al 31 de agosto.


PAÍS VASCO
Invierno: del 7 de enero al 31 de marzo.
Verano: del 1 de julio al 30 de septiembre


PRINCIPADO DE ASTURIAS
Invierno: del 7 de enero hasta el 6 de marzo, si son de apertura autorizada.
Verano: del 1 de julio hasta el 31 de agosto, si son de apertura autorizada.


LA RIOJA
Invierno: del 7 de enero al 6 de marzo
Verano: del 1 de julio al 31 de agosto


CEUTA
Invierno: pendiente publicación
Verano: pendiente publicación


MELILLA
Invierno: del 7 de enero al 7 de marzo
Verano: del 1 de julio al 31 de agosto


Espero que os sirva de ayuda, y a por las rebajas. Un saludo.

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